A partir de este lunes, 1 de febrero, entra en vigencia la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, la cual fue publicada en Gaceta Oficial número 26.210 del 30 de diciembre del 2015.
Las transacciones bancarias realizadas por personas jurídicas cancelarán un impuesto de 0,75% mientras que las personas naturales soportarán este tributo cuando califiquen dentro de la ley como “pasivo especial”.
Es decir que cuando una persona natural haga una cancelación, vía transferencia o un cheque, a una empresa o banco pagará este impuesto.
Según se destaca en el texto de la ley esto “recae únicamente sobre las transacciones financieras efectuadas por las personas jurídicas y aquellas personas naturales calificadas como sujetos pasivos especiales por el Servicio Integrado de Administración Tributaria (Seniat)”.
Las transacciones entre personas naturales y entre las cuentas de una misma persona no generan impuestos. Pero en el caso de una cuenta en la que haya más de un titular si tendrá que pagarlo.
El presidente Nicolás Maduro cuando anunció este impuesto dijo que el ciudadano común estaría exento, sin embargo la norma estableció algunas condiciones para que un universo de las personas naturales sea pechado.
fue creado mediante el decreto Ley N° 2.169, vía Habilitante con fecha 30 de diciembre de 2015.
Se estableció en 0,75% de la operación para empresas denominadas por el Seniat como sujetos pasivos especiales.
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